jueves, 24 de julio de 2008

Discriminacion Etnica y Linguistica

Análisis del texto constitucional sección de principios fundamentales.

Nueva Constitución, Artículo 2:

La bandera, el escudo y el himno nacional, establecidos por la ley, son los símbolos de la patria.
El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el quichua y los demás idiomas ancestrales son patrimonio cultural del país, y serán de uso oficial para las nacionalidades y pueblos indígenas, en los términos que determine la ley. El Estado respetará y estimulará su conservación y uso.

El Federalista: Sobre el primer párrafo habrá que preguntarse ¿a qué patria pertenecen bandera, himno y escudo? porque en el artículo primero se dice que Ecuador no es un país, nación o patria sino un Estado, un organismo basado en la violencia o la amenaza de su uso.

La segunda parte del artículo es un sin sentido, una constitución no debe dejar por sentado idiomas oficiales, porque los idiomas no le pertenecen al gobierno sino a los ciudadanos. Una constitución puede, por costumbre o por mayoría, redactarse en un idioma determinado así como las leyes generales subsiguientes, siendo adoptadas estas leyes por distintas comunidades en el mismo idioma o traducidas al propio según convenga, y ya una comunidad podrá luego redactar actas sobre procesos judiciales en su idioma y éstas podrán usarse en otros casos como precedentes en distintos idiomas. Que sea la costumbre y no la ley la que rija el uso del idioma.

Al establecer que ciertas lenguas son de uso oficial para ciertas etnias, se establece una discriminación legal por lengua, se convierte el uso de un lenguaje determinado en obligatorio y se intenta controlar a los ciudadanos mediante la regulación de lo que pueden leer, escribir o escuchar. No se deja en libertad al individuo para elegir el idioma en que desea expresarse sino que se lo forza a adoptar una lengua y seguir regulaciones ajenas a su voluntad.

El Estado establece discriminación al proponer una lengua oficial y hacer una división, tanto innecesaria como ridícula, sobre lo que constituye o no una lengua "ancestral". Todas las lenguas son ancestrales una vez que haya pasado al menos una generación desde su concepción, algo en sí dificil de establecer debido a que una lengua no nace en una fecha determinada (excepto las deliberadamente inventadas como la neolingua, el esperanto, etc.) sino que el lenguaje evoluciona lentamente de otras diferentes lenguas. No es sino más tarde cuando los historiadores y lingüistas describen, determinan y hasta dan nombre a los lenguajes y alfabetos, y es todo lo que pueden hacer porque el lenguaje es una institución humana basada en infinitos intercambios ente individuos que van moldeando un protocolo de comunicación libre, no regulado ni centralizado, apenas sí recogido y aceptado en academias.

Original: http://el-federalista.blogspot.com/2008/07/nueva-constitucin-establece.html

2 comentarios:

Anónimo dijo...

si yo llego hablando quechua a algun sitio me discrimiman?? si voy a una comunidad indigena que ha llevado hablandolo mas de 500 años

al hacerla "oficial" no quiere decir que sea obligacion.. porque tiene que ser obligacion!? ademas de que esa manera se la protege y legaliza.. discriminatorio seria no incluir nustras lenguas ascentrales!

ademas seria una necesidad mas que una obligacion hablar ese idioma porque entonces como me comunico??

Anónimo dijo...

Ustedes son una bola idiotas, creen que nos cerramos la bragueta con un playo, primeramente, dice oficial, o sea que es el idioma que generalmente todo mundo usa, no dice exclusiva, espero que lean esto, en ninguna parte dice exclusiva, cuando diga, el idioma quicha y ancentrales serán exclusivos de estas comunidades, el idioma castellano será exclusivo del Ecuador, en ninguna parte dice eso, así que como carajos va a ser discriminatorio.